Resumen:
La acuicultura es una actividad de rápido desarrollo y ello se traduce en producir alimentos inocuos, es decir que no causen daños al consumidor. Existen peligros que ponen en riesgo la inocuidad alimentaria y estos se dividen en biológicos, químicos y físicos, por tanto, identificar los peligros y evitarlos son esenciales para garantizar la comercialización entre países. Este estudio identificó los peligros biológicos y químicos desde la normativa y describió los casos de rechazo entre los años 2015 y 2019. Se realizó una lista de normas vigentes relacionadas a los peligros biológicos y químicos de Perú, Estados Unidos y la Unión Europea. Posteriormente, se compilaron los casos de exportación rechazados entre los años 2015 y 2019, teniendo como países de destino a Estados Unidos a través del portal OASIS – FDA y a la Unión Europea con el portal RASFF. Los datos obtenidos se presentaron en cuadros resumen. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria fue creada en el 2002, a partir del cual se promulgaron leyes y normas donde se establecen los límites máximos permitidos de contaminantes (CE 446/2001) y agentes microbiológicos (CE 2073/2005). En el caso de Estados Unidos, La Administración de Alimentos y Medicinas (FDA) regula y vigila los alimentos, mientras que las normas o reglas generales y permanentes se encuentran en el Código de Regulaciones Federales (CFR), siendo muy similares a los establecidos por la UE. En Perú, SANIPES (Organismo Nacional de Sanidad Pesquera) puede normar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera acuícola, mientras que los límites de peligros químicos y biológicos se establecieron en el RM 57-2016-SANIPES-DE. Los resultados de esta investigación sugieren que los tres estados concuerdan en establecer límites máximos permisibles de sustancias y/o agentes biológicos y lo hacen a través de normativas, con el fin de proteger al consumidor.